Si sos emprendedor/a, si trabajás por cuenta propia, tenés un pequeño comercio, o trabajás en una cooperativa, en este sitio vas a poder sacarte todas las dudas, acceder a información y  estar actualizado/a sobre las novedades de la patria monotributista.

Se trata de un régimen aplicable a los pequeños contribuyentes. Sustituye el pago del Impuesto a las Ganancias, al Valor Agregado, e incluye el pago al Sistema Previsional y al Régimen del Sistema Nacional del Seguro de Salud. Se paga a través de una cuota fija mensual, conforme a la categoría en la que se encuadre el sujeto de acuerdo -principalmente- con sus ingresos brutos anuales.

→ ¿Quién es Monotributista?

Las personas físicas que ejercen oficios o sean titulares de empresas unipersonales. Las personas físicas integrantes de sociedades de hecho, de sociedades irregulares y de sociedades comerciales. Las personas físicas integrantes de sociedades cooperativas. Quienes en el año calendario inmediato anterior hayan realizado operaciones por un monto inferior o igual a los $ 144.000. Los profesionales, cuando sus ingresos brutos anuales no superen la suma de $ 72.000.

Para ser MONOTRIBUTISTA se debe poseer el número de CUIT y CLAVE FISCAL

→ ¿Cuáles son las categorías vigentes en el monotributo?

Las categorías varían según la actividad desarrollada.  Las actividades se clasifican en:

  • Locaciones y/o Prestaciones de Servicios 
  • Actividades Comerciales y/o Industriales

→ ¿Cuántas categorías existen y cuales son los montos mensuales a ingresar?

En este cuadro vemos en la 1° columna los montos topes a facturar anualmente y en las dos ultima los montos a pagar por categoría dependiendo si lo que realizamos en un servicio o la venta de bienes.

*Nuestros servicios se dirigen especialmente hacia las categorías A, B, C y Monotributo Social

Es un régimen que te permite registrar tu emprendimiento, emitir facturas, contar con una obra social con cobertura para tu grupo familiar y realizar aportes para acceder a una jubilación en el futuro. Esta opción tiene la particularidad de estar subsidiada por el estado, solo abonando el 50% del componente a la obra social.

→ ¿A quiénes corresponde?

Podés inscribirte al Monotributo Social cuando:

  • Realizás una única actividad económica independiente.
  • Trabajás en relación de dependencia percibiendo un salario bruto inferior al haber previsional mínimo.
  • Formás parte de una cooperativa de trabajo con un mínimo de 6 asociados.

→ Requisitos

  • Contar con un ingreso bruto anual inferior a $466.201,59.
  • Ser propietario/a de hasta 2 bienes inmuebles, siempre que uno de ellos se encuentre afectado al emprendimiento productivo.
  • Ser propietario/a de hasta un máximo de 3 bienes muebles registrables.
  • No ser profesional universitario/a en ejercicio de tu profesión como actividad económica.
  • No ser empleador/a ni titular de acciones o cuotas partes de sociedades comerciales.
  • Contar con ingresos que provengan solo de la actividad económica declarada, sin tener en cuenta las prestaciones compatibles que otorgan los organismos nacionales, provinciales o municipales

→ Programas compatibles

Podés inscribirte al Monotributo Social si cobrás:

    • Asignación Universal por Hijo y Asignación por Embarazo para Protección Social.
    • Jubilaciones y pensiones que no superen el haber mínimo.
    • Programas de inclusión social del Ministerio de Desarrollo Social.

→ Documentación necesaria

Si realizás una única actividad económica independiente:

  • DNI y fotocopia.

Si integrás una cooperativa de trabajo:

  • DNI y fotocopia.
  • Constancia de recepción de la solicitud de inscripción de la Cooperativa de Trabajo emitida por el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social. La solicitud de inscripción de las Cooperativas de Trabajo se realiza mediante Trámites a Distancia (TAD).

→ Obra social

La elección de la obra social se realiza al momento de la inscripción, es por ello que ya debés saber a qué obra social querés afiliarte. Recordá que como titular podés incorporar a la obra social a tu grupo familiar primario (cónyuge o concubino, o hijo/hija soltero menor a 21 años. Los únicos casos excepcionales son hijos/hijas de hasta 25 años inclusive que cursen estudios regulares sobre los cuales deberán acreditar dicha situación, e hijos/hijas a cargo del titular que tuvieren alguna discapacidad, que podrán ser adheridos sin límite de edad).

En caso que quieras adherir a un miembro de tu grupo familiar primario que no se encuentre en la lista, deberás registrar la relación familiar previamente en ANSES, presentando la documentación requerida.

Conocé las obras sociales disponibles, que están en la nómina de la Superintendencia de Servicios de Salud.

Aclaración: Su alta a diferencia de los otros monotributos no es automática, se realiza una solicitud la cual debemos esperar la aprobación de Anses, la misma demora entre 15 y 30 días.

*Inscribiéndonos en este régimen también gozamos de exención en el impuesto a los ingresos brutos.

El Monotributo Promovido es un tipo de monotributo pensado para aquellas personas que están comenzando su actividad independiente. Pagando el monotributo promovido vas a estar generando aportes para la jubilación y vas a tener acceso a una obra social.

→ Requisitos

  • Tener más de 18 años.
  • Realizar una actividad independiente, no puede ser importación (ni de bienes ni de servicios). Tampoco podés tener local o establecimiento estable. Si podés trabajar en tu casa, siempre y cuando el lugar que ocupés no sea un local. Podés consultar en la página de AFIP el código de actividades autorizadas para el monotributo promovido.
  • La actividad que realicés, tiene que ser tu única fuente de ingresos. No pueden adherirse quienes revistan el carácter de jubilados, pensionados, empleados en relación de dependencia o quienes obtengan o perciban otros ingresos de cualquier naturaleza, ya sean nacionales, provinciales o municipales, excepto los provenientes de planes sociales.
  • No podés tener más de una unidad de explotación (un solo lugar de trabajo).
  • Si vas a realizar una actividad de servicios o de locación, no podés efectuar más de seis operaciones con una misma persona en el plazo de un año. Cada una de estas operaciones tiene que ser como máximo por $4.000.
  • No podés ser empleador.
  • No tenés que ser contribuyente del impuesto sobre los bienes personales. En el 2022, el total de bienes valuados al 31/12/2021, no puede superar los $6.000.000.
  • En los 12 meses anteriores, no debés haber obtenido ingresos superiores al monto máximo que se establece para la categoría A del Monotributo ($748.382,07 desde julio el 2022).
    Hay que llevar un control mensual de los facturado en los doce meses inmediatos anteriores, para no excederse del tope anual. Como excepción y por única vez se permite que los ingresos superen el tope en no más de $20.000.
  • Si sos graduado universitario, no pueden haber pasado más de dos años desde la fecha de expedición del título. El título no puede ser de una universidad donde hayas tenido que pagar para cursar.

→ ¿Cuánto se paga por el Monotributo Promovido en el 2022?

Todos los meses se paga el 5% del monto total facturado el mes anterior (esto es la cuota de inclusión social). Para algunas actividades la AFIP puede determinar el monto a pagar.
Para el año 2022 y si se quiere acceder a una futura jubilación, se debe pagar de Monotributo promovido como mínimo $1.270,99, por más que lo facturado de menos impuesto a pagar.

→ Obra Social Monotributo promovido

La elección de la obra social la tenés que hacer al momento de realizar la inscripción en el Monotributo en la web e AFIP. Esta es optativa, no es obligatorio abonarla.

Vas a pagar el componente de obra social del Monotributo que en el 2022 es de $1.775,18 por mes, es decir que si optas por tener obra social, el importe total que debes pagar por el Monotributo Promovido en total es de $3.046,17

→ Novedades de Afip ​

Enterate de todas las actualizaciones y modificatorias que se realizan al régimen por parte de la AFIP 

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